Breve contexto histórico y jurídico

17.02.2023

Maison Royale Merovingienne

David Toulouse Gévaudan

Breve contexto histórico y jurídico

Tras la caída del Imperio Romano de Occidente, muchos reinos «bárbaros» se establecieron en sus territorios: los visigodos en Hispania actual España, los vándalos en el Norte de África y los francos en la Galia actual Francia.

Los francos,una comunidad de pueblos procedentes de Baja Renania y de los territorios situados al este del Rin y que formó parte del Imperio Romano,fue gobernada en un principio por los descendientes del rey Meroveo, llamados merovingios, para luego verse prolongados en los descendientes de Carlomagno, conocidos como carolingios. Con los Dinastía Merovingia en el poder puede considerarse el comienzo de la monarquía en tierra de la actual Francia.

Carlomagno, en su tiempo, enfrentó a los pueblos que rodeaban y amenazaban el Reino: sometió y conquistó a los sajones, que estaban el norte, a los eslavos, al este, y derrotó a los lombardos.

Carlomagno, hijo del rey Pipino y de Bertrada de Laon, de nombre personal Carlos, como Carlos I el Grande fue rey de los francos desde 768, rey nominal de los lombardos desde 774 e "Imperator Romanum gubernans Imperium​" desde 800 hasta su muerte. Como acto soberano de gobierno crea el Comtat de Gavaudan o Condado de Gavaldá, una jurisdicción feudal entre Auvernia y el Languedoc, otorgadándola a su primer titular el conde Bertran I de Gévaudan.

Por perfecta genealogía agnaticia, Su Alteza Real Rubén Alberto, príncipe de Septimania, el 14 de agosto de 2022, en solemne Misa de Coronación celebrada por la Iglesia Católica de Rito Galicano, ante clero, nobleza y pueblo, fue consagrado, investido, proclamado y coronado Soberano del Pueblo Franco con el nombre tronal de Esteve IV, XXXVII conde soberano de Gévaudan y de Toulouse, Príncipe de jure en el Sacro Romano Imperio Germánico; Príncipe y Conde Real coronado y jefe jurídico y oficial "jure sanguinis" y "jure fidei" de su Real Casa, con jurisdicción federada sobre todos sus antiguos y actuales territorios "in illo tempore", soberana de Septimania, Gévaudan, Toulouse, Provence y Rouergue, primogénita en tierra franca, con pleno derecho del "fons honorum" sobres sus antiquísimos estados.

En validez de la expresado, la legitimidad y capacidad jurídica de ésta Real Casa para conferir honores, está dada en su propia historia y jurisprudencia, ya que se ha reconocido que el descendiente apto de una Casa ex reinante "no debellata", es decir que no haya hecho aquiescencia al nuevo ordenamiento político-histórico, etc. del Estado del cual ha sido excluida, conserva plenamente la prerrogativa soberana del pleno derecho en el "jus majestatis", hasta tal punto que la investidura soberana se considera tiene la naturaleza de un sacramento, y constituye una confirmación indeleble que acompaña en los siglos al legítimo representante del primer investido, tal la confirmación y conforme a la figura jurídica del pretendiente, que como tal, permanece como la fuente de los honores, es decir, de la nobleza y la caballería.

Así mismo, la dignidad real y sacramental del "fons honorum", tiene habida cuenta como concepto jurídico establecido y contemplado en el derecho nobiliario, que los príncipes soberanos son sujetos públicos de derecho internacional, por aquella su pretensión que puede colocarlos en el trono de sus antepasados, en este caso al solio del franco merovingio, haciendo revivir las latentes prerrogativas dinásticas, en esta caso de inminente pureza franco-mero-carolingio, transmitidas "jure sanguinis" hasta el infinito, de acuerdo al principio del derecho jurídico de "rex non moritur".

Informe:

Real Colegio de Heráldica, Genealogía y Armorial

De la Casa David Toulouse Gévaudan

Tribunal Jurisdiccional Internacional

El Gran Canciller

S.E. Sergio Valentín, barón de Terrier

16 de febrero de 2023

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